Asamblea Nacional aprueba Ley del Código Penal Militar

Los diputados cubanos aprobaron en la mañana de este jueves la Ley del Código Penal Militar, tras un amplio proceso de estudio y debate por parte de los parlamentarios.

Ruben Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular, al presentar la propuesta de acuerdo sobre el proyecto de Ley del Código Penal Militar y destacó la pertinencia de la ley, que será complemento del Código Penal vigente.

Recordó que la Asamblea Nacional, en los años 2011 y 2017, formuló varias recomendaciones al Tribunal Supremo Popular, en ocasión de su rendición de cuenta, entre ellas, realizar un estudio integral del sistema de justicia penal, lo que sustenta la necesidad de elaborar nuevas leyes.

De acuerdo con Remigio, la promulgación de la nueva Constitución de la República de Cuba reveló la necesidad de perfeccionar las normas sustantivas en el ámbito penal militar, para consolidar la seguridad jurídica, la protección de los derechos ciudadanos, la institucionalidad, la disciplina militar, social y el orden interior, de conformidad además con los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

Explicó que para la elaboración de este anteproyecto de norma jurídica, desde el mes de noviembre de 2021, se constituyó un grupo temporal de trabajo integrado por representantes del Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía General de la República, la Fiscalía Militar Principal, los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, el Interior y Justicia.

También integraron el grupo representantes de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, las universidades de La Habana y Militar de Ciencias Jurídicas.

El grupo tuvo en cuenta el resultado de un grupo de investigaciones en esta materia, una amplia bibliografía nacional e internacional, acotó.

De acuerdo con el presidente del Tribunal Supremo, la norma jurídica que se propone se estructura en 2 libros, 10 títulos, 19 capítulos, 31 secciones, 60 artículos, 3 disposiciones especiales e igual número de finales. La elaboración del anteproyecto parte de un diagnóstico, resumido en 15 deficiencias para cuya solución se formularon 13 propuestas.

Destacó que la versión 38 del documento normativo que se presenta a la Asamblea “es fruto de la elaboración colectiva, plural, desde la base”.

La nueva ley es un instrumento que “responde a la necesidad de garantizar la prevención social, la preservación del orden público, la disciplina, la tranquilidad y seguridad ciudadana”, dijo.

El nuevo código tiene como antecedentes la vigente Ley número 22, de 15 de febrero de 1979 “Ley de los Delitos Militares”, que en su momento representó un significativo progreso respecto a la Ley Penal Militar que la precedió, al enunciar nuevas conductas delictivas y realizar importantes precisiones en cuanto a la determinación de conceptos y aplicación de medidas disciplinarias en sustitución de sanciones penales.

tomado de : http://www.cubadebate.cu

Universidad de Las Tunas
Ernesto Alejandro Campos Domínguez

Ernesto Alejandro Campos Domínguez

Webmaster de la Universidad de Las Tunas, Cuba.