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Sobre formación doctoral en Cuba

Transformaciones en perspectivas y en curso

A partir del año 2011 la Comisión Nacional de Grados Científicos (CNGC), de conjunto con las instituciones autorizadas y tribunales permanentes, dio inicio a un proceso de perfeccionamiento del Sistema Nacional de Grados Científicos, convocado por la alta dirección del país. Fueron realizados varios debates en diversos colectivos vinculados a la formación doctoral, que concluyeron en propuestas de modificaciones de las normativas vigentes, amparadas en el Decreto Ley 133/92.

Esencialmente, los principales aspectos vinculados a las transformaciones propuestas, son expuestos a continuación.

1)            Área de conocimiento en lugar de especialidad de doctorado.

Como una de las principales críticas al Sistema Nacional de Grados Científicos se ha planteado su apego a las disciplinas científicas tradicionales regido por la aplicación de un código de clasificación para las especialidades de doctorado, que dificulta la aceptación de investigaciones que convoquen diferentes disciplinas científicas, y la existencia de tribunales permanentes vinculados a  especialidades de doctorado lo que hace difícil la presentación de tesis en temas que interrelacionan varias disciplinas.

En tal sentido, una de las transformaciones propuestas, aún no introducida en la actualidad, consiste en pasar de la denominación de doctor en ciencias de determinada especialidad, a la de doctor en determinada área del conocimiento. Con ello se trata de pasar de un concepto estrictamente disciplinar, que ha caracterizado hasta entonces los doctorados en el Sistema Nacional de Grados Científicos, a uno más amplio a tenor de las transformaciones actuales de la generación de nuevos conocimientos.

Un área del conocimiento, sin negar las tradicionales formas disciplinarias de organización del conocimiento, puede incorporar enfoques multidisciplinarios, interdisciplinarios y transdisciplinarios, permite una perspectiva de mayor integración y generalidad a las investigaciones científicas conducentes a doctorados.

La legislación española de universidades define el área de conocimiento como “…aquellos campos del saber caracterizados por la homogeneidad de su objeto de conocimiento, una común tradición histórica y la existencia de comunidades de investigadores, nacionales o internacionales”[1].

Otra definición que trata de atrapar este concepto es dada por Colciencias: “instancias de organización tipológica y de integración conceptual, metodológica y promocional de las actividades investigativas y creativas de conocimiento en tres frentes: la generación de conocimiento; la asimilación, adaptación y perfeccionamiento del conocimiento existente, y la aplicación social y tecnológica de los dos anteriores”.[2]

Conviene aclarar que ninguna definición que se adopte puede limitar el carácter de flexibilidad que este concepto encierra en sí mismo.  Existen áreas de conocimiento ya reconocidas por la comunidad científica y otras se encuentran aún en proceso de ser admitidas como tales.

De ahí la importancia de construir las áreas de conocimiento, en este caso, acorde a la formación de doctorados que se realiza en el país. Para ello, hay que tener en consideración aquellos campos del saber caracterizados por la homogeneidad de su objeto de conocimiento, una común tradición histórica y la existencia de comunidades de investigadores nacionales o internacionales.

2)            Formación en torno a programas de doctorado

El programa de formación de doctorado asociado a un área del conocimiento es una de las modificaciones conceptuales medulares para conducir y organizar el proceso de perfeccionamiento del Sistema Nacional de Grados Científicos.

Al considerar el vigente Decreto Ley 133/92 la formación de aspirantes en programas de doctorado, la CNGC ha orientado[3] que esa será, en lo adelante, la forma de organización de la formación para la obtención del grado científico de doctor en ciencias determinada especialidad para una especialidad o área del conocimiento determinada en una institución autorizada de grados científicos.

Los programas de doctorado surgen de la experiencia alcanzada en la formación doctoral con los programas tutelares, curriculares y curriculares colaborativos en funcionamiento en las universidades. Es una nueva concepción en la elaboración de los programas de doctorado que estructura el proceso de formación en un sistema centrado en la investigación científica, con una formación teórico – metodológica y de preparación para la predefensa y defensa, de manera que, esté bien insertado en el sistema de  superación posgraduada,  se prepare el aspirante en los contenidos necesarios para obtener los resultados esperados en la investigación y que sean esenciales y flexibles.

Los créditos se establecen por el cumplimiento de objetivos y por los resultados que se van alcanzando en cada una de las componentes del programa de doctorado, La cantidad de créditos totales se regula entre 100 a 130, entre los cuales se admiten créditos obligatorios, opcionales y libres, logrando la diferenciación entre los aspirantes.

A la institución autorizada que propone el programa de doctorado se le exige:

  • tradiciones científicas reconocidas nacional e internacionalmente en determinada área del conocimiento,
  • disponer de marcos teóricos y metodológicos compartidos por el ámbito académico internacional,
  • plantear líneas de investigación para abordar problemas de interés científico y práctico que reclamen esfuerzos académicos para su estudio,
  • disponer de masa crítica de especialistas con capacidad para la formación doctoral,
  • publicaciones en el área del conocimiento,
  • resultadoscientíficos y reconocimientos.

Los programas de doctorado se establecen sobre la base de:

  • líneas y temas de investigación correspondientes a su área del conocimiento,
  • proyectos de investigación
  • grupos de investigación con sus líderes científicos,

todoello en correspondencia con la política científica del país, otras necesidades y prioridades nacionales, sectoriales y territoriales actuales y perspectivas.

El matriculado en un programa de doctorado desarrolla su investigación vinculado a un proyecto de investigación e insertado en un grupo de investigación, bajo la dirección de un tutor y vinculado a otros especialistas y participantes en el programa. Su plan de formación individual está acorde con las necesidades propias de su formación.

El programa de doctorado es dirigido por un Comité de Doctorado que está compuesto por un Coordinador y representantes de las líneas de investigación y de las instituciones participantes si las hubiera, así como, otros miembros hasta un total de diez (10) y entre sus funciones está:

  • ejecutar el proceso de admisión,
  • proponer el ingreso al doctorado,
  • elaborar el programa de formación individual de los matriculados en el programa
  • gestionarsudesarrolloacadémico.
  • convalidar créditos del programa a los aspirantes que demuestren conocimientos sobre los contenidos necesarios para la investigación.
  • introducir cambios sistemáticos en el programa, garantizando que los mismos no alteren sus objetivos generales.
  • seleccionar a los profesores, tutores y colaboradores que participarán en el programa,
  • realizar autoevaluaciones del programa y presentar la documentación necesaria para su acreditación.

Los  programas de doctorado exigen de las universidades un ejercicio de reflexión y definiciones acerca de qué y cómo van a investigar, de integración y relaciones interinstitucionales para lograr programas robustos que logren los resultados que se necesitan para el desarrollo, aumentar la cantidad de profesionales con el grado científico y disminuir la edad promedio de los defendidos. Todo ello constituye una exigencia actual para mantener estándares universitarios de excelencia mediante la investigación científica que contribuya a la formación de doctores.

Los programas de doctorado reconocen las instituciones  responsables coordinadoras, las participantes y las colaboradoras. Además, existe la posibilidad de que una institución autorizada solicite desarrollar el mismo programa de doctorado aprobado a otra institución autorizada. Las indicaciones para el diseño de los programas de doctorado fueron emitidas por acuerdo del pleno de la CNGC  en febrero de 2016. Hasta la fecha se han aprobado 31programas de doctorado.

3)            Disminución de instituciones autorizadas

En la propuesta de normativa la reducción de instituciones está implícita, al plantear como un cambio esencial la obtención de la condición de institución autorizada, supeditada a tener al menos un programa de doctorado aprobado por la CNGC en algún área del conocimiento.[4]

Para aprobar un determinado programa de doctorado a una institución autorizada, ésta debe demostrar sus capacidades para la formación de doctores en el área del conocimiento correspondiente. En primer lugar, la institución debe realizar investigaciones de manera sistemática en las líneas de investigación definidas con fortalezas demostradas y en grupos de investigación, que trabajan exitosamente mediante proyectos. En segundo orden, contar con una planta de doctores calificados para la dirección de proyectos y el ejercicio de tutorías, con publicaciones en el área del conocimiento del programa y resultados científicos reconocidos y aplicados.

Por el carácter temporal de un programa de doctorado, la condición de institución autorizada alcanzada deberá renovarse mediante evaluación de los resultados de los programas de doctorado que les han sido aprobados.          

Entre las medidas transitorias, las instituciones deberán presentar un plan para concluir con los programas que ejecutan en el tiempo dado, al final del cual cesan como institución autorizada si no alcanzan la aprobación por la CNGC de al menos un programa de doctorado.

En la actualidad, teniendo en cuenta que la normativa aún vigente autoriza a la CNGC la aprobación y cierre de instituciones autorizadas, y considerando la heterogeneidad y baja productividad de algunas instituciones, se ha procedido a realizar al cierre de varias de éstas. La integración de universidades e instituciones que ha tenido lugar en el sector de la educación superior, por decisión del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros[5], conllevó al cierre de un total de 14 instituciones autorizadas y la habilitación como tales de otras dos universidades[6], al asumir éstas las obligaciones de los centros de educación superior que le fueron integrados. Por acuerdos de la CNGC se cerraron otras cuatro instituciones por pérdida de sus potenciales.

En consecuencia, de 58 instituciones autorizadas para la formación de grados científicos en el 2014, se han reducido a 42 instituciones en octubre de 2017. En tal sentido, deberá continuarse con el proceso de análisis y revocación de instituciones autorizadas y la integración de sus investigadores a entornos mejor organizados y con alta producción científica y de formación.

4)            Descentralización del Sistema Nacional de Grados Científicos

Uno de los reclamos de las instituciones autorizadas ha sido la descentralización de determinadas decisiones, que están aún a nivel del Pleno de la CNGC. La principal de estas, es la emisión de los títulos de grados científicos por las instituciones autorizadas. Esto elimina el respaldo del proceso de otorgamiento como contraparte institucional, pero lo agiliza, a la vez que recae en la institución la responsabilidad de garantizar la calidad de la formación doctoral.

También está propuesto el traslado a nivel institucional de otras decisiones, como la determinación de las condiciones específicas para el ingreso a los programas de doctorado, la autorización a conceder prórrogas en la terminación del tiempo de formación de doctorado, la aprobación de sus Comisiones de Grados Científicos y de los doctorandos que envían al extranjero a realizar defensas de doctorado.

Sin embargo, teniendo en cuenta el rol de los tribunales permanentes en la garantía de la calidad del otorgamiento de grados científicos en el país, a partir de realizar en estos todas las defensas en temas afines a su composición y por ser un órgano independiente de la institución responsable de la formación, se decidió mantenerlos, aunque con modificaciones que permitan mayor representatividad en su conformación,flexibilidad y más ajustados los temas investigados. También se están integrando los tribunales de algunas especialidades que estaban regionalizados para conformar un tribunal verdaderamente nacional con el fin de enfatizar más su carácter general para toda defensa de tesis en el país y obviar la idea de permanencia en tiempo, teniendo en cuenta la necesidad de su renovación sistemática.

En este momento se ponen en práctica las resoluciones 12/2017 y 5/2018 que ponen en vigor algunos aspectos relacionados con la descentralización del sistema nacional de grados científicos y nuevas reglas de conformación de tribunales permanentes respectivamente.

La Resolución 12/2017 regula la conformación experimental de tribunales permanentes con un mínimo de 45 doctores, lo que permite considerar que a un tribunal pertenece un grupo indeterminado de doctores habilitados para evaluar una tesis en determinada área del conocimiento. Se mantienen las reglas para considerar invitados de otros tribunales. En este momento, un número significativo de tribunales participan de este experimento.

La Resolución 5/2018 modifica los términos relacionados con la custodia de los expedientes de doctorado, los que quedarán en las instituciones autorizadas y reduce la información a ser enviada a la Comisión Nacional de Grados Científicos para el otorgamiento del grado de doctor en ciencias de determinada especialidad. Además, por Acuerdo del Pleno se regula la entrega de tres tesis doctorales en formato impreso, dos de las cuales quedan en la institución autorizada. La Comisión Nacional de Grados Científicos solamente recibe la tesis en formato digital.

Comisión Nacional de Grados Científicos

La Habana, 23 de octubre de 2018.

“Año 60 de la Revolución”

[1]LRU (1984), Real Decreto 1888/1984, publicado el 26/10/84, España. En Internet, consultado el 7/5/2015.

[2]Hidalgo Urrea E., Orozco Mendoza G. L. y Lotero Orozco G., (2009): Proyecto de Mejoramiento: Áreas de Conocimiento. Editorial Universidad Pontificia Bolivariana, Medellín, Colombia.

[3]CNGC (2016): Indicaciones de la CNGC para la elaboración de los Programas de Doctorado (Aprobado por Acuerdo No.01.439.16 del Pleno de la CNGC de febrero de 2016). La Habana.

[4]CNGC (2014): Proyecto de Resolución del Presidente de la CNGC para la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Grados Científicos, Ministerio de Educación Superior, La Habana.

[5]Consejo de Ministros (2014): Acuerdo 7599 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de la República de Cuba, La Habana.

[6] Universidad de Sancti Spiritus “José Martí” y Universidad de Las Tunas pasaron a ser instituciones autorizadas para la formación de doctores en ciencias pedagógicas.

Universidad de Las Tunas
Ernesto Alejandro Campos Domínguez

Ernesto Alejandro Campos Domínguez

Webmaster de la Universidad de Las Tunas, Cuba.